Sociedad y Auditoría

Google+ Pinterest LinkedIn Tumblr +

Fuente: El Mostrador

Hace pocos días, el fiscal Carlos Gajardo, jefe de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad en la Fiscalía Oriente, afirmó ante los medios de comunicación que en materia de delitos financieros y tributarios, la institucionalidad no estaba preparada para investigar oportunamente ni para sancionar los hechos en proporción al daño ocasionado a la sociedad. Al respecto, podemos expresar que sin duda el 2016 fue el año de las estafas piramidales, en tanto que los últimos estuvieron caracterizados más bien por el descubrimiento de distintos escándalos ligados a colusiones y también delitos tributarios que afectaron transversalmente al mundo político y social.

Si bien el país requiere una supervisión más rigurosa para prevenir este tipo de fraudes, no podemos desconocer tampoco la importancia que tiene, en el tiempo y en todos los niveles de educación, la formación ética y valórica de las personas, independiente de su ejercicio profesional o laboral. Asimismo, es importante considerar que las conductas impropias, especialmente asociadas a cargos de poder, generan perjuicios para todos en tanto no sean castigadas en la proporción que merezcan -para prevenirlas de cierto modo- quedando indefectiblemente aquejadas distintas generaciones en términos económicos y financieros si hablamos por ejemplo de carteles o colusiones de empresas que dañan la competitividad y el bolsillo de los consumidores, principalmente.

Por cierto, es recurrente advertir que frente a la materialización de esta clase de escándalos financieros, tributarios y de otra índole, emerjan líderes de opinión que reclamen la necesidad de una mayor fiscalización y prolijidad en el trabajo de los auditores. Sin embargo, en relación al ejercicio de la auditoría es importante precisar que, independiente del objeto auditable, el auditor no tiene por objetivo central la detección de fraudes. Asimismo, las propias NAGAS (Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas) no permiten un mayor análisis si se descubre uno. Por el contrario, es responsabilidad de los gobiernos corporativos, control interno estratégico, táctico y operativo, advertir y enfrentar oportunamente estas desviaciones antagónicas al objetivo central de la organización. Igualmente, cabe decir que la auditoría forense, como disciplina especializada, está orientada a prevenir y detectar estos y otros delitos de mayor envergadura utilizando el método científico.

En efecto, el trabajo concreto del auditor es opinar sobre la razonabilidad del control interno de cualquier objeto auditable de una organización, previa evaluación entre dicho objeto y su estándar correspondiente (buenas prácticas). Esta opinión o dictamen, es sustancial para mantener la continuidad de la empresa en el medio y para asegurar razonablemente una transparencia o convergencia a lo internacionalmente aceptado y validado por la sociedad.

En conclusión, sabemos que en ninguna organización ni sociedad inteligente existe un auditor o fiscalizador por habitante. Por tanto, más que falta de auditores o fortuitamente mal catalogar el ejercicio de la profesión en función de eventuales negligencias, debemos reflexionar en que el problema radique, probablemente, en una falta de probidad y educación ética de todos quienes conformamos la sociedad.

Mientras la justicia haga lo propio, aunque nuestra legislación no esté a un nivel de complejidad y dinámica requerida, lo que nos queda por hacer, para construir un país mejor, es replantearnos desde nuestra acera cómo podemos ser mejores personas y servir honestamente a la sociedad. Ser más justos, honestos, humanos, disciplinados, rigurosos y cultos, o al menos informados, depende de cada uno. Independiente de aquello, siempre debemos estar conscientes de que no solamente tenemos derechos sino también deberes.

El artículo de opinión “Sociedad y Auditoría” fue publicado el día 20 de diciembre de 2016, en la sección Cartas al Director de El Mostrador.

 

Compartir en redes