Se desaprovechó una oportunidad para enmarcar el Derecho a Huelga de acuerdo a los estándares internacionales, dejando espacio para que la legislación estableciera los mecanismos y
restricciones pertinentes. Elevar a rango constitucional el actual Código del Trabajo, en lo que respecta al Derecho a Huelga, desconoce la evidencia disponible y la realidad laboral.
Por Mauricio Araneda, director Vinculación con el Medio y Proyectos, FEN-UAH.
Publicado en revista Observatorio Económico Nº 183, 2023; Especial nueva propuesta constitucional.